PCAP y PPT: qué dice cada uno y cuál leer primero
Toda licitación tiene dos documentos que hay que leer. Empezar por el que no es cuesta media jornada de trabajo tirada.
Equipo LICITA-PRO · · 5 min de lectura
Los dos documentos
PCAP son las siglas de pliego de cláusulas administrativas particulares. PPT, de pliego de prescripciones técnicas. Los dos son ley del contrato y obligan tanto a la administración como a quien se presenta.
| PCAP | PPT | |
|---|---|---|
| Qué regula | El procedimiento | El trabajo |
| Responde a | ¿Puedo presentarme y cómo? | ¿Qué hay que hacer? |
| Lo redacta | Servicio de contratación | Servicio técnico |
| Contiene | Solvencia, criterios, plazos, garantías | Alcance, medios, niveles de servicio |
| Se lee | Primero | Después |
Por qué el PCAP va primero
Porque contiene los filtros. Si no cumples la solvencia exigida, si no puedes constituir la garantía o si el plazo no te da, el PPT no importa: no vas a presentarte.
Leer primero el técnico es la trampa habitual, porque es el documento interesante, el que habla de tu oficio. Y es también la razón de tantas medias jornadas perdidas leyendo contratos a los que no se podía optar.
Los cinco minutos que deciden
Con esos cinco datos ya se puede decidir si el expediente merece más tiempo. Están todos en el PCAP, normalmente en el cuadro de características que suele ir al principio.
- 1Plazo de presentación: fecha y hora exactas.
- 2Solvencia económica exigida y con qué medio se acredita.
- 3Solvencia técnica exigida, en especial los trabajos similares.
- 4Reparto de puntos entre precio y juicio de valor.
- 5Presupuesto base de licitación y garantía definitiva.
Qué buscar en el PPT
- Alcance real: qué entra y, sobre todo, qué no entra.
- Medios personales exigidos y si son requisito o criterio puntuable.
- Niveles de servicio y penalidades asociadas a incumplirlos.
- Plazos parciales y entregables intermedios.
- Requisitos materiales: equipos, locales, certificaciones.
Cuando los dos se contradicen
Ocurre más de lo que debería, porque los redactan servicios distintos. Si hay contradicción entre el PCAP y el PPT en materia de procedimiento, prevalece el PCAP.
Ante una contradicción relevante, lo sensato es preguntar formalmente al órgano de contratación durante el plazo de consultas. La respuesta se publica para todos los licitadores y queda incorporada al expediente.