Solvencia

Capacidad que una empresa debe acreditar para poder ejecutar un contrato público. Se divide en solvencia económica y financiera, que mide músculo, y solvencia técnica o profesional, que mide experiencia y medios.

La solvencia económica se acredita normalmente con el volumen anual de negocio del mejor ejercicio de los tres últimos o con un seguro de responsabilidad civil. La técnica, con trabajos similares ejecutados, titulación del equipo o medios materiales.

No cumplir la solvencia exigida excluye la oferta, por buena que sea. Es lo primero que hay que comprobar y la razón más común por la que una pyme descarta un contrato que podría ganar en unión temporal.

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